¿Qué hacer ante un accidente vehicular?
En esta sección encontrará una guía de cómo actuar ante un siniestro. Para su realización, se han tenido en cuenta los siniestros más habituales.
Una guía de pasos que debe de contemplar o tener en cuenta para los casos de eventualidad de algún tipo de siniestro:
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En caso de siniestro Ud. deberá dar aviso a la Aseguradora dentro de las 72 hs. de ocurrido el hecho o de la toma de conocimiento del mismo, tal como lo establece el Art. 46 de la Ley Nº 17.418 (Ley de Seguros), remitiendo el formulario de denuncia respectivo, firmado y completado en todas sus partes y brindando amplios detalles, además de procurar su recepción.
No se dará curso a ningún tipo de reclamo si no se cumple con este requisito.
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Radicar la denuncia en la delegación de policía municipal de tránsito o comisaría, según corresponda al lugar del hecho, manifestando cuidadosamente los pormenores del evento, obteniendo a la vez copia de la misma, la cual deberá acompañar al formulario de denuncia citado precedentemente.
Se resalta que las descripciones vagas y confusas pueden resultar un perjuicio en contra de los intereses del Asegurado.
Obtener nombre y domicilio del Tercero que haya intervenido en el hecho, nombre de la Compañía donde se encuentra asegurado y número de Póliza respectivo. De ser más de uno, los datos deberán abarcar a todos los partícipes.
De existir Testigos Presenciales del hecho, procurar obtener la identificación y domicilio de los mismos.
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No deberá aceptar reclamos, ni hacer transacciones, ni reconocer indemnizaciones a terceros sin la previa autorización escrita por parte de la Aseguradora. Todo documento, carta o notificación que reciba deberá ser comunicado a la Aseguradora sin demora, a efectos de impartir el asesoramiento respectivo. En caso de recibir citación policial o judicial relacionada con el accidente, deberá informar a la Aseguradora del lugar, fecha y hora en que debe comparecer ante la autoridad policial o judicial.
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Es importante destacar que antes de proceder a iniciar cualquier trabajo de reparación de daños o de reposición de pérdidas ocasionados por siniestro, el Asegurado deberá recibir la respectiva autorización por parte de la Aseguradora.
Muy Importante: Cuando existan personas lesionadas se hace imprescindible efectuar la denuncia en forma INMEDIATA a la Aseguradora, lo que puede resultar en beneficio del Asegurado en caso de reclamo y de su situación procesal.